¿Se puede convocar Junta de vecinos sin el administrador?

Los órganos de gobierno de la comunidad son los siguientes: La Junta de propietarios. El presidente y, en su caso, los vicepresidentes. El secretario. El administrador. En los estatutos, o por acuerdo mayoritario de la Junta de propietarios, podrán establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad, sin que ello pueda suponer menoscabo alguno de […]